262.797 euros por diagnosticar erróneamente anorexia a un adolescente

Condena al Servicio Andaluz de Salud

El joven, que entonces tenía 11 años, estuvo cinco años a tratamiento psiquiátrico con fármacos antidepresivos hasta que descubrieron que padecía una enfermedad intestinal

26.02.11 – 12:59 –

EFE | SEVILLA

Un juzgado de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 262.797 euros a un adolescente que durante cinco años fue tratado de anorexia nerviosa, con tratamiento psiquiátrico, sin detectar la enfermedad intestinal que padecía.

La sentencia del juzgado de lo contencioso 9 de Sevilla explica que el chico, entonces de 11 años, presentaba en octubre de 2001 síntomas que hacían sospechar una dolencia inflamatoria intestinal conocida como enfermedad de Crohn, pero el SAS le diagnosticó «anorexia nerviosa y trastorno de la personalidad». El hospital Virgen Macarena de Sevilla le aplicó tratamiento psiquiátrico y fármacos antidepresivos, pauta que no cambió hasta que, cinco años después, la familia del niño lo llevó a un psicólogo, que les aconsejó consultar a un especialista del aparato digestivo.

La sentencia recoge que la media europea para diagnosticar la enfermedad de Crohn es de cinco meses, pero el SAS tardó cinco años, durante los cuales el chico fue sometido a un «peregrinaje inútil por distintos departamentos médicos», donde le prescribían un tratamiento «sin ningún efecto sobre sus dolencias». Ese retraso «es evidente que supuso una pérdida de oportunidad en el tratamiento y un grave peligro» para el adolescente, que tuvo que soportar «desnutrición, pérdida de peso y masa muscular, alteración en el crecimiento, dolores abdominales, vómitos, diarreas, continuas visitas al hospital e ingresos hospitalarios».

La enfermedad de Crohn, también denominada enteritis regional, es una inflamación crónica de los intestinos que por lo general se limita a la porción final del intestino delgado, el íleon. La colitis ulcerativa es una inflamación similar del colon o intestino grueso. Estas y otras EII (enfermedades inflamatorias del intestino) se han vinculado con un incremento en el riesgo de cáncer colorrectal.

La colonoscopia, clave

Junto a ello, «le impusieron un tratamiento psiquiátrico que condicionó su vida personal, retrasó sus estudios, le pusieron un tratamiento farmacológico que no necesitaba y le sometieron a una terapia psiquiátrica innecesaria».

En noviembre de 2007 el chico fue sometido a una colonoscopia que ya detectó su verdadera dolencia, por lo que la sentencia dice que ese diagnóstico tardío le supuso unos perjuicios que deben ser indemnizados porque el paciente «no tiene el deber jurídico de soportar una acción que no se ajuste a la buena praxis médica».

La abogada que presentó la demanda, Elisa González Ángel, ha informado de que su cliente sigue con algunos síntomas depresivos, que han mejorado al haber emprendido una actividad laboral, y en abril de 2010 fue operado de una perforación del intestino delgado, múltiples fístulas y peritonitis.

31 Respuestas a “262.797 euros por diagnosticar erróneamente anorexia a un adolescente

    • He puesto el correo en el sobre de contacto. Lo he puesto porque varias personas han pedido el correo, Está en la columna izquierda debajo de autor.

  1. Una noticia fenomenal para abrir el 2º milenio de la web.

    Aquí hay otra de otro signo, parece que relacionada con la religión, también muy interesante,
    http://sinmiedoalopusdei.blogspot.com/2011/02/fundacon-argibide-vicente-madoz-opus.html

    El acoso fue denunciado antes,
    http://sinmiedoalopusdei.blogspot.com/2010/11/una-historia-desde-pamplona.html

    http://sinmiedoalopusdei.blogspot.com/2011/01/noticias-variadas.html

    Y creo que hay otros relatos de anécdotas el el blog, en los comentarios de algunas entradas que resultan más difícil recuperar, pero lo fundamental es eso.

    El parque de la anécdota de la ambulancia, está aquí, y tuvo lugar el 17 de enero,
    http://sinmiedoalopusdei.blogspot.com/2011/01/noticias-variadas.html

    Y el «supuesto enfermo no veía al médico desde Sept. 2010, en Nov. llamó para decir que no acudiría más a la consulta.

    Con la juez que lo visitó en el hospital, fue una forense, que dice que sólo le hizo dos preguntas a las que contestó tranquilo y con cordura. En ningún momento ni durante el traslado o la estancia en el hospital dice que hubo signos de auto o heteroagresividad, ni ideas de muerte, alteración del pensamiento o vivencia del yo… una situación muy extraña que sigo sin entender. Cómo se puede presentar la poli en tu casa y decir, «Venga acompañemos» porque fulanito ha solicitado y se le ha concedido…».

    Copio y pego una de las cosas que contesté, porque me parece que debe ser así siempre, a no ser que el «supuesto enfermo esté tirando tiros por una ventana o se dé una situación de peligro similar,

    SI RECORDÁIS EL CASO DE LA ACTIVISTA SAHARAUI, Aminatu Haidar, CUANDO EL CABILDO DE CANARIAS SOLICITÓ SU INTERNAMIENTO POR CONSIDERAR QUE SU VIDA CORRÍA PELIGRO (PELIGRO DE DETERIORO DEL ESTADO DE SALUD, SUFICIENTEMENTE GRAVE, un poquito no sirve), EL JUEZ SE PRESENTÓ A VERLA CON UN MÉDICO ANTES DE DECRETAR SU «LOCALIZACIÓN Y TRASLADO».
    – LA LEY ES IGUAL PARA TODOS. QUE NO HAYA CÁMARAS PRESENTES, NO QUIERE DECIR QUE UNOS CIUDADANOS TENGAN MENOS DERECHOS QUE OTROS.
    http://www.antena3.com/noticias/espana/juez-deja-que-haidar-continue-huelga-hambre_2009120600033.htm

    • Lo de los internamientos involuntarios tiene dos modalidades pre «autorización» judicial u ordinario o a posteriori de urgencia.
      En definitiva es el psiquiatra el que dictamina el ingreso.
      Ni el juez ni el forense que suelen actuar como matasellos, van normalmente a ratificar lo que dice el especialista.
      Este ingreso se habrá procedido de esa manera porque al juzgado de guardia le ha llegado un informe de un psiquiatra u otro médico pidiendo internamiento involuntario civil sin demora (autoagresividad o heteroagresividad, a lo mejor ni ponen nada, y pasa). El juez de guardia ha autorizado el traslado al psiquiátrico, por parte de la policía (en situaciones de facto, no tendrán que comunicarlo previamente al juzgado de guardia, por haber sido llevado sin necesidad de policía o actuado la policía por sí misma) el médico psiquiatra autoriza el internamiento involuntario se le ingresa y lo comunica al juzgado de guardia en un plazo de 24h. y en un plazo de 72h. aparecen el forense y el juez civil para ratificar o no el internamiento, que suele ser casi siempre sí y darle apariencia de legalidad.
      En el otro caso que no haya un informe médico psiquiátrico que pida un internamiento civil sin demora, simplemente un diagnóstico psiquiátrico citando que no toma medicación y se pide internamiento, citan al «enfermo» al juzgado civil de incapacidades e internamientos, para que hable con el juez y el forense, y lo que normalmente hacen es mandarlo a un psiquiatra de la red pública para que decida realmente si procede o no.
      En otros casos se lo inventan todo, no se sigue ninguna formalidad, pero a posteriori aparece un auto con todos los pasos legales dados, ni hay audiencia con el enfermo, ni puede presentar pruebas ni nada. Es un internamiento de urgencia pero «disfrazado de ordinario» pero mucho peor, totalmente ilegal pero que se produce.
      La diferencia que hay en la práctica es que en el de urgencia el juez o forense se tienen que molestar en ir al psiquiátrico y en el ordinario no «ya le han visto antes».

      Aquí hay un artículo con la teoría, pero la práctica es diferente:
      http://www.hipocampo.org/originales/original0006.asp

  2. La verdad que indignante. Estos tipejos de «medicos» son unos inutiles. Que se creen «eminencias».
    La mayoria de estos son «psiquiatras»
    Conozco un caso parecido al que los «padres» al no querer gastat dinero en examenes de laboratorio. A su hijo lo llevaron a un psiquiatria y siguio un tratamiento psiquiatrico en contra de su voluntad. Realmente actitud cobarde de sus padres y el psiquiatra.
    Porque el no paraba de decir que tenia algo.
    Cuando uno va a un psiquiatra siempre le dice a sus pacientes que el problema esta en su «imaginacion» o en la cabeza.
    Alguien debe actuar contra estas negligencias medicas.
    Este caso se indemnizo.
    Cuantos casos quedan impunes? ¿A quien quejarnos?

    • Ahora están saliendo más noticias, la gente es menos ignorante y los juzgados también. Estos casos son de perogrullo, a nadie se le pasa por la cabeza tratar una dolencia de manera mental, sin antes descartar patología física. Pero en españa tenemos a los psiquiatras asalvajados. Me supongo que los atarán en corto.

  3. Tenía entendido que antes de ordenar «localización y traslado», tiene que verte el juez del juzgado donde se solcita el internamiento, que a su vez, se asesora de un médico (el forense). Y esto es lo q se hace con la activista saharaui (no se ordena q se traslade al hospital y allí decidan, pese a que el internamiento lo estaba solicitando el Cabildo de Canarias y el estado lo estábamos viendo todos, no podíamos saber si era extremo o no, pero había indicios suficientes de q la salud estaba en riesgo).

    Para que el juzgado proceda de inmediato, siempre tiene q solicitarse en un juzgado de guardia, dicho sea de paso, son los interesados en el internamiento (llamémosles los internadores), quienes eligen juzgado y juez, las guardias se conocen con mucha antelación. (1)

    Ese paso, visita del juez, quizás se suela saltar (pero no creo que sea lo q dice la ley) y el juzgado ordena localización y traslado a la red pública para que decida.

    A cuento de qué un juzgado puede ordenar localización y traslado, montarte un numerito y darte un mal rato, pq cualquiera vaya al juzgado de guardia y lo pida? (eso no lo hacen si denuncias a un delincuente).

    Que se haga así, es otra cosa, pero no creo que sea lo q dice la ley, ya que implica una detención sin pruebas (si se considera prueba el certificado y/o informe que se está presentando, el juez debe comprobar que la prueba es veraz o al menos que hay indicios suficientes de veracidad).

    Y, en caso que el supuesto enfermo quede internado, hay que ponerlo en conocimiento del juzgado en el plazo de 24h, en este caso, el juez debe visitarte en el establecimiento y cerciorarse por si mismo del estado del enfermo en un plazo de 24-48h (se entiende que se persona acompañado del forense).

    En Madrid, y entiendo que en las poblaciones grandes, esta comunicación de internamiento va a parar a los juzgados especialistas en el tema (en Madrid se llamaban especialistas en incapacidades mentales, no quiere decir q te fueran a incapacitar, sino que tramitaban este tipo de cosas, no sé si han cambiado el nombre) y es desde un juzgado especialista de donde sale el juez que realiza la visita en el establecimiento con el forense adscrito a ese juzgado, que se supone no va de florero sino para comprobar q el médico que ha decidido que se le interne, está en lo cierto.

    Creo que este chico no sabía con certeza si si la juez q lo visita en el hospital y la forense, eran del juzgado especial o no (pudiera ser el equipo del juzgado de guardia donde se solicitó el internamiento).

    (1) Eso es lo que me hicieron a mí en el 1er intento (bueno… en el 2º y 3º también, pero me ciño al 1º) y quiero erradicarlo, pq se está pensando que el «supuesto enfermo», tiene todas las garantías y no tiene ninguna cuando los internadores solicitan el internamiento en un juzgado de guardia que procede de inmediato (en las solicitudes que estén justificadas, no hay problema, pero cuando es un apaño de los internadores, no).

    Aquí está la elección, cómo se procede «sin demora» – como llamas tú – el día 27 por la mañana si el certificado es del día 24? dónde está la urgencia?. Los internadores eligieron juzgado y estaban seguros de q les saldría bien (lo q me indica no era la 1ª vez que lo hacían).

    Para más inri, se acordó con la policía que viniese a buscarme de madrugada (por lo que vino en la madrugada del 28). La urgencia, no la veo por ningún sitio. Sólo veo la «consciencia» (de consciente), de que el internamiento no procedía.

    Cómo en Puerta de Hierro (Sanidad Pública) dijeron que no me internaban, y el hospital remite al juzgado su informe en contra del certificado emitido por Enrique Rojas, ese juzgado no puede dictar nueva orden, por motivos varios, el 2º intento «lo apañan» para en cuanto entra el siguiente juzgado de guardia (este 2º juzgado ya no es elegido, es el que le sigue en turno de guardia).

    No sé si todo el mundo puede entender lo que quiero decir, se necesita un poco de manejo judicial, pero lo que ´sí es entendible por todos, es que,

    Con la solicitud de internamiento de un marido y un certificado médico de un psiquiatrá impostor se lleva a cabo una saca de madrugada (a propósito se elige la hora, cuando están aparentando urgencia, retrasan unas 14-16 horas mi recogida), que me tuvo mucho tiempo sin conocimiento del schok, si me guio por las horas q da la policía en su informe es aprox. una hora, me parece demasiado, pero los 45′, sí pudieron ser fácilmente.

    En el certificado que emite Rojas, no dice que sea «catedrático de Psiquiatría de la Universidad Complutense de Madrid», dice sólo que es «catedrático de Psiquiatría».

    Este tipo, que jamás ha ocupado el puesto de «catedrático de Psiquiatría» en ninguna universidad y no sé si se puede considerar que lo es (moral y éticamente desde lurgo que no), lo sería de la siguiente forma,
    http://enriquerojaschanchullosymentiras.blogspot.com/2011/02/enrique-rojas-catedra-de-badajoz.html

  4. Olvidé algo, para explicar mejor lo que quiero cambiar (que el juzgado de guardia donde se solicita el internamiento, que es el que por domicilio te toca, NO SEA EL QUE GESTIONE EL INTERNAMIENTO AUNQUE SEA URGENTE, SIN DEMORA O COMO SE LE QUIERA LLAMAR, pq de esta forma son los interesados en el internamiento injustificado, quienes eligen juzgado y la víctima, un paria que no se entera de nada hasta que la vienen a buscar).

    Porque a todo esto, el susodicho impostor (al menos de la cátedra Complutense),

    Estaba colegiado así en el 97 (puesto que en 2009, no estaba registrado de otra forma),

    Con un poco de interés, a la juez del 1er intento, cuando se le solicita el internamiento el 27 por la mañana, le habría bastado decir a un funcionario/a que llamase al Colegio de Médicos de Madrid, para averiguar sobre el susodicho, además de tener en cuenta que por mucho «catedrático Complutense» «estrella mediática» y otras «amistades y logros» y certificado de internamiento que se emite el 24 y se presenta el 27, sólo indica trampa.

  5. creo que no ha salido mi comentario.
    por lo que leo aqui,existe la posibildad de que primero se haga el ingreso,despues y sin necesidad de que te vea el juez el medico que te atiende solicite la autorización y se arreglen los papeles para que todo sea legalZ?hay algun caso en que el juez no tenga la obligación de ver al posible enfermo?

  6. Hay casos alegales que se lo inventan todo por parte del mismo juzgado. Pero en casos normales si es por urgencia te tiene que ver el juez y el forense para ratificar el internamiento. Pero ante todo siempre te tiene que examinar el juez, eso no se puede saltar.

    • PUES CONMIGO SE LO SALTARON Y NO HUBO NINGUN FORENSE.HUBO UN MEDICO QUE ME ATENDIO DURANTE NO MAS DE DOS MINUTOS EN EL PROPIO HOSPITAL.

  7. lINDA, ES IMPORTANTE QUE DISTINGAS ENTRE error, negligencia y experimento (quizás en el código penal sea lo mismo o casi lo mismo (repsi te dirá), para mí, moralmente no lo es e «invento» de enfermedad, con el fin de llevarte el psiquiatra hacia su terreno por diversos motivos (ideología, intereses económicos, encargo de un familiar…).
    María Menchaca le ganó a Enrique Rojas, pero por mucho menos de lo que debería haberle ganado.

    Este sentencia, la del niño, creo que te puede ayudar.

    Repsi ¿donde se pueden encontrar más detalles de esta sentencia?

  8. Ni idea, gratuitamente se puede acceder a la jurisprudencia del tribunal supremo y constitucional, lo demás parcialmente se pude acceder bajo colecciones de sentencias y autos bajo pago. Pero esto es una demanda por lo contencioso, no entra para nada el código penal.

  9. Hay que crear un grupo para gente que ha estado en contra de su voluntad internada y/o en tratamiento de pastillas psiquiatricas. Si gustas Linda, deja tu mail.

    • a mi por haber sido internada en prision a causa de un delito judicial se me ha tenido con medicacion psiquiatrica por orden judicial y sin saber l0 que me daban, es ahora cuando estoy pidiendo las responsabilidades al estado en el tribunal de derechos hu8manos , cuando estoy sacando las consecuencias de lo que me han hecho, lo tengo en mi web http://www.meidei-gloriaortiz.com
      un saludo

  10. desde hace mas de 20 años se me vienme tildando por parte de personas de mi entorno de padecer un «trastorno mental» al punto de que el padre de mis hijos se ha permitido trasmitirlo a los organismos publicos como ayuntamienbtos y diputaciones las consecuencias de un error administrativo del servicio vasco de salud, del que es responsable el govierno vasco y que me ha costado una imputacion penal, la perdida de la libertad, de mi casa, de mis hijos , y despues de todo esto resulta wue es responsabilidad del govierno vasco y del estado , lo teneis en mi web hppt://www.meidei-gloriaortiz.com un saludo

    • Hola Gloria, no he encontrado el sitio para escribir en tu blog.
      Yo te apoyo porque aunque todavía no he podido leer todo, sí creo posible que te hayan podido suceder todas esas cosas.
      No te quiero desanimar, pero creo que no vas bien creyendo que la colaboración ciudadana te salvará. Ojalá, pero no lo creo. Debes buscar un/a abogado valiente ya mismo, dispuesta a remover Roma con Santiago pq a medida que pasa el tiempo la obtención de pruebas es más difícil y por más inconvenientes que serían largo de relatar.

      Al ser tú la que quieres poner la querella (imagino q es pq no hay otra vía judicial), no sé si tienes acceso a un abogado de oficio. También se me ocurre una queja en el CSPJ… la verdad es q no sé como, pero si tienes razón me gustaría ayudarte, que te ayudáramos ya. Como sabrás, los delitos prescriben. Por lo que no debes dejar pasar más tiempo.

      Una pregunta por curiosidad (pq tampoco me extrañaría nada que torceduras, hubiese muchas), tus hermanos a los que criaste? ¿qué ha pasado con ellos? ¿no se han metido a pelear este asunto?.

      • Gloria, he recordado que dices «que la ley es igual para todos…» y das por hecho otra serie de supuestos que, NO, Gloria. No es así. No siempre es así.
        Una cosa es lo que nos dicen y otra, lo que en la práctica tenemos, si puedes, porque creo que no siempre se puede, yo iría directamente a Europa al Tribunal de Derechos, pq cuando la justicia española ha venido dando la razón a los otros, és muy difícil que te la dé ahora.

        Los jueces, no reconocen nunca que una de las partes los ha engañado, que han corrido demasiado al leer los Autos – porque tienen mucho trabajo – y hay cosas que no han entendido bien o, han juzgado teniendo sólo en cuenta o dando más valor a las declaraciones y escritos de la otra parte…

        Pero pese a todo, SÍ, creo que debes luchar, en primer lugar por la única vía donde puedes conseguir justicia, la vía judicial. El blog y lo que escribamos aquí – que creo debe hacerse por conciencia y civismo ciudadano, en el intento de evitar que a otros les ocurra lo mismo -, sumará para engrosar unas estadísticas y quizás dentro de mucho tiempo, se cambie alguna ley y se arregle algo, pero hoy por hoy, no nos va a solucionar nada, así que no abandones la vía judicial.
        Un abrazo, isabel

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